sábado, 28 de marzo de 2009

24 de marzo: Del horror a la esperanza






Por Dr. Rubén Castejon
Cofundador de Ampararte ONG

Hace treinta y tres años, el 24 de marzo de 1976, era derrocado el gobierno constitucional de Maria Estela Martínez de Perón; así la Junta Militar, integrada por los Comandantes en Jefe de la tres fuerzas armadas Jorge Rafael Videla -Ejercito-. Emilio Eduardo Massera -Armada-, y Orlando Ramón Agosti -Fuerza Aérea-, asumía la suma del poder publico e iniciaba el autodenominado y tristemente celebre Proceso de Reorganización Nacional.
Hace treinta y tres años esa sangrienta dictadura se adueñaba de los destinos del país y abría las puertas de un infierno que marcaría para siempre nuestra historia.
Aquel 24 de marzo de 1976, quedara gravado en la memoria colectiva Nacional por haber producido una herida que no deja de sangrar, esa fecha se ha convertido en sinónimo de horror, muerte, injusticia, desesperanza, miseria, abuso, dolor , aunque ninguna de estas palabras, ni todas ellas en su conjunto, puedan llegar a explicar de manera exacta la acción de estos brutos cobardes. ¿Cómo explicar, por ejemplo, que se utilice el poder para privar a una persona de su vida, por el simple hecho de pensar diferente? ¿Qué palabras son suficientes, para narrar los atropellos vividos? ¿Cómo definir a estos estúpidos, que han secuestrado mujeres embarazadas, las han torturado, y una vez que dieron vida las mataron y al tesoro de su vientre lo negociaron? Ninguna palabra alcanza, ninguna frase es suficiente para explicar el accionar de estos genocidas y analfabetos sociales, toda descripción será pequeña ante la gigantesca locura de estos diablos. Es imposible de explicar, porque sencillamente es inexplicable.
Las muertes, las torturas y las desapariciones fueron selectivas, el plan fue claramente erradicar a toda una dirigencia intermedia -trabajadora, política, social, empresarial, estudiantil, religiosa, del mundo de la cultura y de los intelectuales- con pensamiento Nacional y Popular. Nada fue casual, estos asesinos de cabotaje respondían a intereses imperialistas. Una Argentina industrial era una molestia, ese modelo había que cambiarlo por el de una Argentina empobrecida, endeudada, de mano de obra barata y mera proveedora de productos primarios al mercado internacional
Con las políticas del Ministro de económica José A. Martínez de Hoz, se implementó el plan que apuntó a cambiar el modelo de país. Nuestro perfil debía ser adecuado al sistema de acumulación financiera exigido desde el norte; achicamiento del Estado, desindustrializacion, miseria, endeudamiento, pobreza, desempleo, desigualdad y exclusión social, eran el escenario ideal para fortalecer las pretenciones del imperio, para -de esta forma- mantener y aumentar sus privilegios sobre las economías Latinoamericanas.
Sin embargo, pensar al 24 de marzo solo como la cristalización máxima del horror, no debe ser el legado que quienes entregaron su vida han querido trasmitir. Nuestros muertos no son mártires, son héroes; y la sangre derramada por ellos debe servir para fortalecer un pensamiento Nacional y Popular. Sus entregas deben ser constituyentes de un nuevo pacto social en busca de una sociedad transparente, con amplio margen de participación y debate, donde el bien común deje de ser solo declamativo e ilusorio. En definitiva el 24 de marzo debe ser el pilar que permita construir y forjar una Argentina: JUSTA, LIBRE Y SOBERANA.

La Memoria

Por Dr. Rubén Castejon
Cofundador de Ampararte ONG



miércoles, 25 de marzo de 2009

LEYES NACIONALES DE PROTECCION A PERSONAS DISCAPACITADAS

Ley N° 22431 Sistema de protección integral de las personas discapacitada
Decreto N° 498/93 REGLAMENTACION DE LA LEY 22.431
Ley N° 24147 Creación y organización de Talleres protegidos de producción y grupos laborales protegidos
Ley N° 24308 otorgar en concesión a personas con discapacidad, espacios para pequeños comercios en toda sede administrativa.
Decreto N° 795/94 reglamentación de la Ley 24.308
Ley N° 24314 Accesibilidad al medio físico
Decreto N° 914/97 Reglamentación de los artículos 20, 21 y22 de la Ley N. 22.431 / Anexo Adaptación de los elementos urbanos y mobiliarios
Ley N° 24714 asignación por hijo con discapacidad
Ley N° 20475 Jubilaciones y Pensiones - Régimen especial para minusválidos
Ley N° 20888 Jubilaciones y Pensiones - Régimen especial para afectados de ceguera congénita o adquirida - Derogación de la Ley 16.602
Ley N° 18910 Régimen de pensiones a la vejez y por invalidez - Modificación de la Ley 13.478
Ley N° 24310 Pensión Graciables por conflictos bélicos Atlántico Sur
Ley N° 23661 Las Obras Sociales deberán desarrollar un programa de prestaciones de salud, donde se incluya la rehabilitación y cobertura total.
Ley N° 23874 La realización de una prueba de rastreo para la detección precoz de la fenilcetonuria y el hipotiroidismo congénito será obligatoria en todas las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan a su cuidado niños recién nacidos
Ley N° 23592 Derechos y Garantías Constitucionales - Actos Discriminatorios - Sanciones para quienes lo ejecuten.
Ley N° 25404 ADOPCION DE MEDIDAS DE PROTECCION PARA LAS PERSONAS QUE PADECEN EPILEPSIA
Ley N° 19279 Régimen para la adquisición de automotores
Ley N° 22499 Régimen de franquicias tendientes a facilitar la adquisición de automotores - Modificación de la Ley 19.279.
Ley N° 24183 Modifícase la Ley 19.279 modificada por la ley 22.499, sustituye el termino lisiado por persona con discapacidad
Decreto N° 1313/93 Para la aplicación de la Ley 24.183
Ley N° 24204 Las empresas telefónicas deberán proveer un servicio de telefonía pública que permita a las personas hipoacúsicas o con impedimento del habla, hacer uso de tal servicio.
Ley N° 24901 Sistema de Prestaciones básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad
Decreto N° 762/97Créase el Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, con el objetivo de garantizar la universalidad de la atención de las mismas mediante la integración de políticas, de recursos institucionales y económicos afectados a la temática
Decreto N° 1193/98 Reglamentación de la Ley N° 24.901 que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.
Resolución N° 428 NOMENCLADOR DE PRESTACIONES BASICAS LEY 24.901, DECRETO 762/98 – TRATAMIENTO MINUSVALIAS
Ley N° 25421CREACION DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA PRIMARIA DE SALUD MENTAL (APSM)
Ley N° 23462 Aprobación del Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo de Personas Inválidas

"AMPARARTE" Ong en defensa de los Derechos Humanos y en contra de la Discriminación

FUNDADORA DE “AMPARARTE”: DRA. ELIANA MATKO.
Coordinadora Campana: Dra. Eliana Matko.
Cofundador en San Miguel: Dr. Castejón Rubén Luis.
Coordinador Cap. Fed: Dr. Diego Dominguez.
Representante Legal: Dr. Raineri Mariano D.

Fuiste discriminado?

Si fuiste discriminado envianos un mail con tus datos personales y los hechos correspondientes a: ampararteong@gmail.com
o llamanos a los sig. telef:
Dra. Matko (Campana): 011- 15-54999020
Dr. Castejón (San Miguel): 011- 1551658045
Dr. Raineri: 03489-15513261
Dr. Diego Dominguez: 011-1544115002